Presidencia de la Nación

Sentencia Napalpí

En un hecho histórico, la justicia federal de Chaco consideró a la masacre ocurrida el 19 de julio de 1924 como crimen de lesa humanidad cometido en el marco de un genocidio de los Pueblos Originarios.


En la sentencia del juicio por la verdad, que tuvo lugar durante los meses de abril y mayo de 2022, la jueza federal Zunilda Niremperger de Resistencia reconoció la responsabilidad del Estado en la masacre indígena al considerar que se trató de crímenes de lesa humanidad cometidos en el marco de un proceso de genocidio de los Pueblos Indígenas y ordenó una serie de medidas de reparación para las comunidades de los Pueblos Qom y Moqoit.
El Instituto Nacional de Asuntos Indígenas acompañó la realización de este juicio como parte del reconocimiento del genocidio cometido contra los Pueblos Originarios y la búsqueda de reparación a las víctimas, sus familias y comunidades. Juan Chico, docente, investigador y primer director indígena en la Dirección de Tierras y Re.Na.C.I. de este Instituto tuvo un rol preponderante en el proceso de investigación y visibilización de la causa. Juan era de Napalpí y escuchó en primera persona los testimonios de los sobrevivientes y sus familiares, los cuales llegaron a la justicia en el año 2022. Desde el Instituto se acompañó el proceso judicial y celebró la sentencia obtenida como una señal de reparación histórica.

Desde el dictado de la sentencia, se conformó una Mesa Ejecutora, marco en el cual se trabaja intensamente en el cumplimiento de la totalidad de las reparaciones ordenadas. Además del INAI, la mesa está integrada por el Ministerio Público Fiscal, la Secretaría de Derechos Humanos y Géneros del Chaco, el Instituto del Aborigen Chaqueño, la Fundación Napalpí y la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación.
En ese contexto, y entre las diversas reparaciones, el punto 6 a de la sentencia dispuso ordenar la publicación de la sentencia y sus traducciones en las lenguas Qom y Moqoit la cual podés descargar al final de la página.

EL JUICIO
Este fue el primer juicio oral en investigar como crímenes de lesa humanidad los delitos cometidos contra comunidades indígenas. Fue un juicio por la verdad ya que, por tratarse de hechos que ocurrieron hace casi un siglo, no había imputados con vida a quienes juzgar.
El debate comenzó el 19 de abril y se desarrolló durante 7 audiencias que se realizaron en su mayoría en la ciudad de Resistencia, pero también se trasladaron a la localidad de Machagai, cercana a Napalpí, y a la Ciudad de Buenos Aires, en el Centro Cultural Haroldo Conti, que funciona en el Espacio Memoria y Derechos Humanos Ex ESMA.
En las primeras jornadas se escucharon los relatos grabados de sobrevivientes y los testimonios de sus descendientes, hijos, hijas, nietos y nietas. A través de esos relatos se logró reconstruir cómo se vivía en la reducción de Napalpí, donde las comunidades estaban en condiciones de casi esclavitud, sin libertad de trabajo ni de movimiento.
Las voces de sobrevivientes y sus descendientes permitieron conocer los hechos que ocurrieron ese 19 de julio de 1924, cuando un centenar de policías, gendarmes y colonos fusilaron a unas 400 personas que protestaban por las condiciones laborales y de vida.
Una gran parte de los testimonios fueron de especialistas e investigadores, quienes repasaron el funcionamiento de la reducción y su objetivo disciplinador, y cómo se planificó y ejecutó la masacre por parte del Estado. Se refirieron además al carácter genocida de los crímenes perpetrados contra las comunidades y cómo fueron luego perseguidos y silenciados para garantizar la impunidad.

LA SENTENCIA
En un veredicto que tuvo traducción simultánea a las lenguas qom y moqoit, la jueza federal Zunilda Niremperger resolvió que existió responsabilidad del Estado Nacional en la Masacre de Napalpí del 19 de julio de 1924 y consideró que constituyen crímenes de lesa humanidad cometidos en el marco de un proceso de genocidio de los pueblos indígenas.
El juicio por la verdad concluyó a casi 98 años de los hechos, con la lectura de la parte resolutiva de la sentencia. Allí se declaró como probados los delitos de homicidio agravado y reducción a la servidumbre de entre 400 y 500 miembros de las comunidades Qom y Moqoit, y se dispusieron medidas de reparación en beneficio de las comunidades, como habían solicitado durante los alegatos la fiscalía y las querellas de la Secretaría de Derechos Humanos y Géneros de Chaco y el Instituto del Aborigen Chaqueño (IDACH).

LAS REPARACIONES
Además de fijar una amplia difusión del juicio y de la sentencia, la jueza ordenó al Estado Nacional la realización de un acto público de reconocimiento de su responsabilidad con participación de las víctimas y la constitución de un museo y sitio de memoria en el lugar de los hechos.
Exhortó además al Estado Nacional a que implemente un plan de políticas públicas de reparación histórica a los pueblos Qom y Moqoit y que fortalezca las políticas de prevención y erradicación del odio, racismo, discriminación y xenofobia en las que se garantice la perspectiva de los pueblos indígenas en los ámbitos de salud, educativos y culturales.

Por otro lado, ordenó a los Ministerios de Seguridad de la Nación y del Chaco que incorporen a la capacitación de las fuerzas de seguridad un módulo sobre respeto a los derechos humanos de los pueblos indígenas y requirió al Ministerio de Educación de la Nación que incluya dentro de los diseños curriculares a nivel nacional el estudio de los hechos que se juzgaron.
Estableció también la continuidad de los trabajos del Equipo Argentino de Antropología Forense (EAAF) en la búsqueda y exhumaciones de fosas comunes e instó al Congreso de la Nación a que determine el 19 de julio como Día Nacional de Conmemoración de la Masacre de Napalpí.
Como mecanismo de supervisión, dispuso que una unidad ejecutora estará a cargo de hacer el seguimiento de la sentencia para su cumplimiento.

En su resolución, la jueza reconoció algunas medidas de reparación tomadas en los últimos años, como el pedido de disculpas a los pueblos originarias formulado por el Gobierno de Chaco en 2008 y la señalización en 2021 por la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación del Sitio Histórico Memorial Napalpí.

Documentos históricos utilizados en el Juicio por la Verdad de la Masacre de Napalpí:


Descargas

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