Presidencia de la Nación

Extender el plazo del Régimen de Importación Temporaria

Si no pudiste cumplir con las obligaciones de exportación de tus productos fabricados con insumos importados, podés extender el plazo de vigencia de su importación.

Gratuito En linea

Podés solicitar, por única vez, una extensión de hasta un año del plazo de vigencia de la Destinación Suspensiva de Importación Temporaria (D.S.I.T.) para importar tus productos, sólo en caso de que se presente alguna de las siguientes situaciones:

  • Desastre natural de carácter catastrófico
  • Guerra civil o internacional
  • Revolución
  • Sublevación
  • Confiscación
  • Expropiación
  • Prohibición o restricción de importar en el país de destino
  • Cancelación no imputable al comprador
  • Emergencia agropecuaria declarada o de incendio
  • Otras razones de fuerza mayor

¿A quién está dirigido?

Cualquier empresa que exporte productos

¿Cómo hago?

1

Ingresá a TAD con tu C.U.I.T. y clave fiscal nivel 2 o superior.

2

Completá la declaración jurada, adjuntá las Destinaciones de Importación Temporal (DITs) intervenidas por autoridad aduanera y la documentación respaldatoria del motivo.

3

Vas a recibir una notificación en el buzón de TAD cuando el trámite sea procesado.

Contacto
Si tenés dudas o consultas sobre el trámite, completá este formulario.

¿Cuál es el costo del trámite?

Gratuito

Vigencia


Anual




Descargas

Instructivo sobre el trámite de Aplicación al Régimen de Importación Temporaria (161.7 Kb)

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