Presidencia de la Nación

Decreto Reglamentario 795 / 2020

PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)


LEY DE SOSTENIMIENTO Y REACTIVACION PRODUCTIVA DE LA ACTIVIDAD TURISTICA NACIONAL

LEY N° 27.563 - REGLAMENTACION

Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del 13-Oct-2020
Resumen:

LOS BENEFICIOS PREVISTOS EN EL CAPITULO I DEL TITULO II DE LA LEY N° 27.563 RESULTARAN DE APLICACION A LOS SUJETOS QUE SE ENCUENTREN INSCRIPTOS EN EL REGISTRO QUE, A TAL EFECTO, SE ESTABLECERA EN EL AMBITO DEL MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES, EN LOS PLAZOS Y CONDICIONES QUE SE DETERMINEN, SIEMPRE QUE DESARROLLEN COMO ACTIVIDAD PRINCIPAL, DECLARADA A LA FECHA ESTABLECIDA EN EL INCISO C. DEL ARTICULO 3º DEL DECRETO N° 332/20, ANTE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS (AFIP), ENTIDAD AUTARQUICA EN EL AMBITO DEL MINISTERIO DE ECONOMIA.

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