Presidencia de la Nación

Objetivos


  1. Intervenir en la elaboración, propuesta y ejecución de la política nacional en todas las materias relacionadas con obras públicas de infraestructura viales, hídricas y de saneamiento, y de prevención sísmica, en especial en los programas de inversión y preinversión pública de su competencia, y en la coordinación de los planes, programas y proyectos relativos a dichas obras a nivel internacional, nacional, regional, provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipal que correspondan a la Jurisdicción.
  2. Dirigir la elaboración, junto con las provincias, la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y demás organismos nacionales y provinciales que correspondan, de los documentos técnicos necesarios para implementar y difundir las políticas, estrategias, planes, programas, proyectos, obras e impactos de la inversión pública, en coordinación con las áreas de la Jurisdicción con competencia en la materia.
  3. Participar en la propuesta, elaboración y ejecución del marco regulatorio y proyectos de programas a realizar en materia de obras públicas de infraestructura hídrica, de prevención sísmica y de planificación territorial de la inversión pública, como así también de las que surjan de los entes desconcentrados y descentralizados, a nivel internacional, regional, nacional, provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipal, en coordinación con las demás áreas de la Administración Pública Nacional con competencia en la materia.
  4. Dirigir la representación en las empresas donde la Secretaría posea participación accionaria y ejerza la tenencia accionaria, conforme las pautas y lineamientos impartidos por la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
  5. Coordinar la gestión de los directores que representan al ESTADO NACIONAL en aquellas empresas donde la Secretaría posea participación accionaria y ejerza la tenencia accionaria, conforme las pautas y lineamientos impartidos por la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
  6. Entender en el diseño e implementación de acciones y políticas que, en el marco de la planificación estratégica de mediano y largo plazo, promuevan las inversiones nacionales e internacionales en obras de infraestructura, en el ámbito de su competencia.
  7. Coordinar con las autoridades regionales, nacionales, provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipales, la identificación y ejecución de obras de infraestructura y logística que potencien el desarrollo.
  8. Entender en el diseño de proyectos de conservación, preservación, mantenimiento, construcción y reciclaje, tanto edilicios como de infraestructura y espacio público, y de obras específicas solicitadas por los organismos o reparticiones del ESTADO NACIONAL.
  9. Intervenir en la ejecución de obras y en la administración de los contratos, según las distintas modalidades de contratación, públicas y público-privadas, de las obras y proyectos cuya realización sea encomendada al Ministerio por otras Jurisdicciones y áreas del ESTADO NACIONAL.
  10. Entender en la definición e implementación de criterios, metodologías, herramientas y plataformas de gestión de información para la mejora continua de los procesos de planificación, desarrollo de proyectos y ejecución de obras.
  11. Entender, en coordinación con las áreas con competencia en la materia, en la elaboración y ejecución del Plan de Construcción de Obras Penitenciarias, de readecuación de instalaciones y ampliación de los establecimientos carcelarios y unidades dependientes del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL y en el monitoreo y supervisión de las obras penitenciarias, actualmente no afectadas al alojamiento de internos.
  12. Entender en el desarrollo y coordinación de las políticas de infraestructura que reduzcan la desigualdad entre la región Norte -comprendida por las provincias de SALTA, JUJUY, TUCUMÁN, LA RIOJA, CATAMARCA, MISIONES, CORRIENTES, CHACO, FORMOSA y SANTIAGO DEL ESTERO- y el resto del país, en coordinación con las áreas del ESTADO NACIONAL competentes en la materia.
  13. Proponer el marco regulatorio relativo al manejo de los recursos hídricos y a la organización y fortalecimiento del sector de agua potable y saneamiento, vinculando y coordinando la acción de las demás jurisdicciones provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipales y de los organismos intervinientes en la prestación y expansión de dichos servicios.
  14. Participar en la propuesta, elaboración y ejecución del marco regulatorio y de proyectos de programas a realizar en materia de obras de infraestructura hídricas y planificación territorial de la inversión pública a nivel internacional, nacional, regional, provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipal, como así también de las que surjan de los entes desconcentrados y descentralizados, en coordinación con las áreas de la Administración Pública Nacional con competencia en la materia.
  15. Ejercer las facultades de Autoridad de Aplicación del Contrato de Concesión de AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS SOCIEDAD ANÓNIMA (AySA), en cumplimiento del Marco Regulatorio de la Concesión establecido por la Ley N° 26.221.
  16. Coordinar las actividades inherentes al Comité Ejecutor del Plan de Gestión Ambiental y de manejo de la Cuenca Hídrica Matanza-Riachuelo.
  17. Entender en lo atinente al Fideicomiso de Infraestructura Hídrica, en el marco de lo previsto en el Decreto N° 1381/01, y en lo atinente a otros fondos fiduciarios y fideicomisos vinculados a su competencia.
  18. Ejercer el contralor del accionar de la COMISIÓN REGIONAL DEL RÍO BERMEJO (COREBE), del COMITÉ INTERJURISDICCIONAL DEL RÍO COLORADO (COIRCO) y de la AUTORIDAD INTERJURISDICCIONAL DE LAS CUENCAS DE LOS RÍOS LIMAY, NEUQUÉN Y NEGRO, así como de todo otro organismo de gestión de cuencas, en representación del ESTADO NACIONAL, y participar, en la órbita de su competencia, en la COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERJURISDICCIONAL DEL PROGRAMA HIDROVÍA PARAGUAY - PARANÁ.
  19. Participar en la aprobación de los pliegos de bases y condiciones para los llamados a concurso y/o licitaciones, como también en los procesos licitatorios o contrataciones directas que se efectúen con motivo de las acciones vinculadas al área de su competencia.
  20. Intervenir en el diseño de la política exterior de la REPÚBLICA ARGENTINA en materia de recursos hídricos internacionales compartidos, cuencas, cursos de ríos sucesivos y contiguos, y cuerpos de agua en general, asumir la representación técnica, y asistir en la gestión y obtención de cooperación técnica y financiera internacional, en coordinación con las áreas con competencia en la materia.
  21. Participar en la planificación, programación, evaluación y/o ejecución de proyectos de mitigación de las inundaciones en zonas rurales y periurbanas, avenamiento y protección de infraestructura en zonas rurales y periurbanas, incluyendo proyectos de obras de emergencia, solicitadas por las provincias.
  22. Participar en la definición y monitoreo de los objetivos y metas que involucren al agua (recursos hídricos y servicios de agua y saneamiento) establecidas por los organismos internacionales en los cuales interviene y suscribe el ESTADO NACIONAL.
  23. Intervenir, en el ámbito de su competencia, en la elaboración, propuesta y ejecución de las políticas sobre puertos y vías navegables.
  24. Ejercer el control tutelar del TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN (TTN), el ENTE NACIONAL DE OBRAS HÍDRICAS DE SANEAMIENTO (ENOHSA), el ORGANISMO REGULADOR DE SEGURIDAD DE PRESAS (ORSEP) y el INSTITUTO NACIONAL DEL AGUA.
  25. Asistir, en el ámbito de su competencia, al Ministerio en la definición, formulación y gestión de políticas de desarrollo, fortaleciendo la estructura federal de la REPÚBLICA ARGENTINA.
  26. Entender en el diseño de estrategias, planes y programas de inversión pública y participación público-privado en el ámbito de su competencia.
  27. Entender en los procesos y procedimientos de redeterminación de precios de las obras que se ejecuten en el ámbito de la Jurisdicción.
  28. Coordinar la Comisión de Control y Seguimiento del Régimen de Redeterminación de Precios de Contratos de Obra Pública y de Consultoría de Obra Pública de la Administración Pública Nacional, en el ámbito de su competencia.

Objetivos de acuerdo con el Decreto 293/2024

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