Presidencia de la Nación

Funciones


La SIGEN cumple las siguientes funciones:

  • Dictar y aplicar normas de control interno, las que deberán ser coordinadas con la Auditoría General de la Nación.
  • Emitir y supervisar la aplicación, por parte de las unidades correspondientes, de las normas de auditoría interna.
  • Realizar o coordinar la realización por parte de estudios profesionales de auditores independientes, de auditorías financieras, de legalidad y de gestión, investigaciones especiales, pericias de carácter financiero o de otro tipo, así como orientar la evaluación de programas, proyectos y operaciones.
  • Vigilar el cumplimiento de las normas contables, emanadas de la Contaduría General de la Nación.
  • Supervisar el adecuado funcionamiento del sistema de control interno, facilitando el desarrollo de las actividades de la Auditoría General de la Nación.
  • Establecer requisitos de calidad técnica para el personal de las unidades de auditoría interna.
  • Aprobar los planes anuales de trabajo de las unidades de auditoría interna, orientar y supervisar su ejecución y resultado.
  • Comprobar la puesta en práctica, por los organismos controlados, de las observaciones y recomendaciones efectuadas por las unidades de auditoría interna y acordadas con los respectivos responsables.
  • Atender los pedidos de asesoría que le formulen el Poder Ejecutivo Nacional y las autoridades de sus jurisdicciones y entidades en materia de control y auditoría.
  • Formular directamente a los órganos comprendidos en el ámbito de su competencia, recomendaciones tendientes a asegurar el adecuado cumplimiento normativo, la correcta aplicación de las reglas de auditoría interna y de los criterios de economía, eficiencia y eficacia.
  • Poner en conocimiento del Presidente de la Nación los actos que hubiesen acarreado o estime puedan acarrear significativos perjuicios para el patrimonio público.
  • Mantener un registro central de auditores y consultores a efectos de la utilización de sus servicios.
  • Ejercer las funciones del artículo 20 de la Ley 23.696 en materia de privatizaciones, sin perjuicio de la actuación del ente de control externo.

Ley 24.156

ley 24.156

La ley establece y regula la administración financiera y los sistemas de control del Sector Público Nacional. El documento incluye las leyes modificatorias y concordantes, y su decreto reglamentario, todo ello actualizado a diciembre de 2023.

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