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Fundaciones


¿Qué fundaciones deben presentar la DJ?

Las que reciban donaciones o aportes de terceros, o su equivalente en especie (valuado al valor de plaza), por importes superiores al establecido en el art. 7) de la Resolución UIF Nº 50/2022 o bien por la norma de dicho organismo que en el futuro la modifique o sustituya.

Se considerarán las donaciones o aportes que:
- Se realicen en un solo acto o en varios, que si bien individualmente resulten inferiores a la suma consignada en dicha resolución, en conjunto la superen.
- Las realicen una o varias personas relacionadas, en un período no superior a los 30 días.

La presentación de la declaración jurada descripta se enmarca en lo establecido por el artículo 516 del Anexo A de la Resolución General N° 07/2015, dictado en el marco de las medidas que apuntan prevenir, detectar y reportar operaciones que puedan vincularse a delitos de lavado de activos y financiamiento del terrorismo.

Presentación de la DJ

El trámite se deberá realizar anualmente, antes del último día hábil del mes de junio.

La presentación se inicia a través de la página web de la Inspección General de Justicia, completando la planilla correspondiente. Al finalizar la carga de información, se deberá imprimir el documento para presentarlo en IGJ.

La declaración jurada deberá ser suscripta por el oficial de cumplimiento y en caso de no haberlo designado, por el Presidente del Consejo de Administración y certificada por escribano público.

Importante: las fundaciones no comprendidas en los referidos supuestos no deberán presentar la declaración jurada. Aquellas que adeuden la DJ establecida por la RG 4/2012, obligatoria hasta el año 2015, deberán presentar la planilla "DDJJ para sujetos no obligados". Este trámite no es requerido a partir del año 2016.

Documentación a presentar junto a la DJ
  • Formulario DECLARACIÓN JURADA PLAFT FUNDACIONES (ART. 516 RG 07/15), más la documentación respaldatoria, en caso de corresponder. Costo del formulario: 20 módulos. Calculá el valor del trámite

  • Copia de la constancia de inscripción en el sistema informático de la Unidad de Información Financiera.

  • Copia del libro de actas de asamblea y/o libro de actas del órgano de administración donde surja la designación del oficial de cumplimiento.

  • Manual de Prevención de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo (PLAFT):
    *Copia del libro de actas de asamblea y/o libro de actas del consejo del órgano de administración de donde surja su aprobación o actualización.
    *Constancia de la recepción por parte de los empleados.
    *Copia del Manual.

  • Constancias de cursada o aprobación de la capacitación sobre PLAFT brindada al personal de la entidad.

  • Fotocopias simples de los últimos tres informes de auditoría independiente sobre PLAFT.

  • Constancias de los programas que deben coincidir con las constancias de cursada y aprobación antes solicitados.

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